Historia de los Fondos de Empleados
A los Fondos de Empleados no es posible aplicarle la historia del Cooperativismo, porque su naturaleza jurídica y su composición hace diferentes a estos dos tipos de organizaciones, además, porque el fondo de empleados como empresa tiene su origen en Colombia, con unas condiciones históricas muy diferentes a las que dieron surgimiento a las cooperativas. Sin embargo, en su funcionamiento tienen mucho de común y los principio y valores cooperativos se ajustan a sus ideales y pensamientos, así y todo, se les ha asimilado a las Cooperativas de Ahorro Crédito. Aunque en algunos casos los servicios sean similares, el manejo se hace muy diferente al como se hace en ellas.
En Europa con la aparición de la Revolución Industrial y sus secuelas de desempleo e injusticia, quienes tenían o no algún trabajo se encontraban totalmente desprotegidos, esto motivó el nacimiento de organizaciones de orden social y económico, entre ellas las cooperativas en Inglaterra.
Los Fondos de Empleados son organizaciones jóvenes, vienen del siglo pasado, de la década de los ochenta, este tipo de organizaciones nacieron al principio de manera informal de la idea de personas de reunir unos ahorros en el transcurso del año y en el mes de Diciembre repartírselos, para que en las fiestas navideñas se dispusiera de recursos para su celebración. A este tipo de organizaciones se les llamó “Natilleras”, convirtiéndose en lo que hoy conocemos como FONDOS DE EMPLEADOS. El surgimiento también se dio porque el patrón, en algunas empresas eran los que suplían de créditos a sus trabajadores y esto se estaba convirtiendo en una situación difícil para la empresa, ante lo cual él ve la posibilidad de crear un fondo común con dinero no sólo del patrón o de la empresa, sino con la participación de los trabajadores. Como no existía normatividad al respecto funcionaban como organizaciones de hecho y no derecho.
Es así, como una vez creado el Decreto Ley 1481 en 1989, a través de éstas organizaciones, los patronos pueden colaborar en la creación o el desarrollo de los Fondos de Empleados y pueden inspeccionar y vigilar los recursos asignados por una parte y la cohesión que este tipo de asociación genera. Esta normatividad ha colocado a los Fondos de Empleados en un lugar muy importante dentro de las otras formas asociativas sin ánimo de lucro, reconocidos a partir de la ley 79/88. A partir de 1998 estos organismos asociativos hacen parte del sector de la Economía Solidaria según lo señalado en el parágrafo segundo del artículo sexto de la Ley 454/98.
Hoy en día tenemos Fondos de Empleados importantes en la mayoría de las Empresas Colombianas que cumplen su función de Ahorro y Crédito, pero además han desarrollado Servicios de Salud, Vivienda, Educación, Recreación y Bienestar Social.
Como se dijo antes, un gran número de Fondos de Empleados del país, nacieron de hecho y una vez que su capital y operaciones crecieron hubo la preocupación de legalizarlos ante el Estado. El Estado no tenía una política clara ni había creado el mecanismo por cuanto se trataba de una forma asociativa que el mismo desconocía. Así las cosas lo Fondos de Empleados se legalizaban en la Sección Jurídica de los Departamentos o Secretarías de Gobierno, como cualquier tipo de asociación.
En 1981, el Gobierno dictó el primer decreto (Decreto 3381) y por primera vez se legislaba sobre los Fondos de Empleados, posteriormente fue demandado y declarado inexequible.
Una gran parte de los Fondos de Empleados habían adaptado sus estatutos a este decreto. Al declararse la nulidad del mismo, volvieron los Fondos de Empleados a quedar en el “Limbo Legal”, y continuaron con sus estatutos como Ley de cada uno y para ciertos efectos, aplicaban o acudían a la Ley Cooperativa o al Código Civil.
En Julio 7 de 1989 se dictó el Decreto 1481, gracias a la integración y a todo un trabajo hecho por varias organizaciones, a partir de este Decreto se reconoce a los Fondos de Empleados, como entidades legalmente constituidas y reconocidas por el Estado Colombiano. Este Decreto 1481 de 1989, aún vigente, es fruto de una experiencia vivida en el campo de la Cooperación, ya que se considera un elemento propio de la organización de los Fondos de Empleados.
Todavía muchos Fondos de Empleados no se han proyectado como verdaderas empresas de servicios dentro de la Economía Solidaria. La Ley les da la posibilidad de mayor desarrollo, ésta norma es sólo la iniciación de todo un proceso jurídico y legal que se debe alcanzar en los Fondos de Empleados, es conveniente y necesario leyes complementarias y reglamentarias acorde con las necesidades actuales y el desarrollo de los Fondos de Empleados.
La Ley 79 de Diciembre 23 de 1988, el Decreto Ley 1481 de Julio 7 de 1989 y la Ley 454 de Agosto 4 de 1998, han dado el marco jurídico dentro del cuál se deben desenvolver los FONDOS DE EMPLEADOS. Con base en esta Ley y según concepto emitido por la OFICINA JURÍDICA de la SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA (SES –OJ-1203 Julio 21 de 2000). Se le ha dado al Dec. Ley 1481, una nueva interpretación que con los nuevos preceptos jurídicos aplicables a los Fondos de Empleados y no contemplados en la norma anterior, le da a los fondos un nuevo aire.
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- Conceptos generales de los Fondos de Empleados
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